La Corte Penal Internacional intervendría Colombia


Por Galimberti Enzo:

Colombia, con un sangriento conflicto armado de cerca de medio siglo, queda a partir del 1º de noviembre bajo la plena competencia de la Corte Penal Internacional (CPI), al expirar una salvedad sobre el conocimiento de los delitos de guerra.
En 2002, el entonces presidente conservador Andrés Pastrana, quien realizaba un diálogo de paz con la guerrilla marxista de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), pidió siete años de reserva para ese tipo de delitos, acogiéndose al artículo 124 del Estatuto de Roma.
"El primer efecto que tiene el fin de la salvedad de la CPI es que a partir del primero de Noviembre, los crímenes de guerra que cometan los actores del conflicto serán de competencia de ese tribunal si no hay justicia en Colombia", indicó a la AFP el ex presidente de la Corte Constitucional, José Hernández.
La CPI no tendrá competencia sobre esos crímenes que los grupos armados ilegales o miembros de las fuerzas armadas hayan cometido hasta el primero de Noviembre, pues la salvedad no tiene carácter retroactivo, advirtió Hernández.
La intervención de ese tribunal especial estará sujeto a la acción de la justicia colombiana, es decir, cuando esta sea ineficaz para perseguir y castigar los crímenes de guerra.
Para Iván Cepeda, del Movimiento de Víctimas de Crímenes del Estado, la competencia de la Corte es un fuerte mensaje a los altos dirigentes del país que pueden ser responsables de crímenes de lesa humanidad, como también para los líderes de los diferentes grupos armados ilegales.
A su vez, apuntó que para las víctimas del conflicto es un mensaje de esperanza porque se amplía la posibilidad de que un tribunal internacional pueda, en caso de no ocurrir en Colombia con la jurisdicción penal nacional, llevar a la justicia a los máximos responsables de esos crímenes.
En tanto, el gobierno señaló que no hay razón para que la CPI inicie investigaciones en el país, porque los acusados son procesados por la justicia nacional.

Ahora nos encontramos ante muchas preguntas:

1) ¿Puede la CPI (Corte Penal Internacional) asumir el estudio de delitos cometidos antes de la entrada en vigencia del Estatuto de Roma en Colombia, por haberse extendido en el tiempo?

En principio la CPI tiene efectos hacia el futuro, no hacia el pasado. Pero, para algunos analistas, más allá del momento en que se cometió el hecho, en caso de perpetuarse la conducta delictiva, sí habría dicha competencia. El dilema cobija aspectos como el secuestro, el reclutamiento de menores de edad, las torturas, las desapariciones, la muerte de los indígenas AWÁ y los falsos positivos, casos que se refieren a las guerrillas y que han comprometido a la Fuerza Pública.

2) ¿Cuál es la línea que divide los delitos de lesa humanidad y los de guerra?
Para Carboni es sencillo: los primeros se pueden dar en tiempos de paz, además de ser sistemáticos y generalizados. Los segundos, se conectan con un conflicto armado.

3) ¿Cómo operar en Colombia si el Gobierno no reconoce la existencia de un conflicto interno?

Para Ambos, no son los estados los que deciden si hay o no conflicto armado, sino la definición legal de conflicto armado contenida en el protocolo adicional.

Me gustaría recordar los pasos que se tienen que seguir para un estudio detallado:

1. El fiscal analiza si la información que tiene acerca de un país es de competencia de la CPI, si es admisible en cuanto a complementariedad y gravedad. Si las razones sustanciales dan para abrir una investigación. Este proceso inicia sin importar quién remita la investigación (Estado, Consejo de Naciones Unidas, informaciones de terceros o investigación de oficio)

2. El fiscal de la CPI determina si el crimen puesto a su conocimiento es o no, de competencia de la Corte.

3. Si se cumple con el paso anterior, se analiza si la causa es admisible. Eso se hace al compararla con las normas legales de cada país.

4. La siguiente conclusión que debe adoptar el fiscal internacional está relacionada con la posibilidad de que la justicia interna de la nación respectiva no haya sido eficaz, lo que haría que el caso pasara a la CPI.

Quisiera terminar diciendo que cualquier persona puede recurrir ante el Fiscal de la Corte Penal Internacional para poner en conocimiento un caso particular, a través de información (no entendida como denuncias). Esto es muy importante porque permite a los ciudadanos que son víctimas de agravios o a familiares de estos acceder a este organismo para hacer justicia.
Esperemos que estos ajustes hechos en materia jurídica pueda traerle un poco mas de paz al pueblo colombiano y a los países vecinos que se sienten perjudicados ante los hechos reiterativos de violencia en el Estado Colombiano.

Comentarios

  1. Muy buen artículo señor Galimberti la verdad que no estaba enterada del tema y me intereso mucho que cualquier persona pueda acceder a este organismo eso habla de que no es tan malo este organismo lo que si hay que ver si el dia que se lo necesite esta.

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  2. Anónimo11/02/2009

    COLOMBIA SIEMPRE DANDO DE QUE HABLAR ES COMO LA MALA YERBA DE SUDAMERICA.
    ME PARECE MUY BUENO QUE ESTE ORGANISMO INTERVENGA YA QUE CADA VEZ HAY MAS VIOLENCIA EN EL MISMO.
    ME GUSTO MUCHO EL TEMA DE HACER Y RESPONDER LAS PREGUNTAS PORQUE LAS MISMAS PREGUNTAS ME LAS HICE YO.
    SI ALGÚN DÍA RECURRO AL ORGANISMO YA SE COMO HACER TENGO UN CASO DE UN PARIENTE DESAPARECIDO Y ME INTERESA EL TEMA.
    OBVIAMENTE NO DEBE SER TAN FACIL ACCEDER ALLI VEREMOS.
    MUY BUENO SEÑOR ENZO. RAFAEL DE CHACO.

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  3. Hola Enzo.
    La verdad que Colombia siempre es la ovejita negra del grupo en Sudamérica y su presidente junto a muchos otros del mundo es orgulloso y creido y un presidente tiene que representar al pueblo no creerse mas que la gente.
    Me parece muy bueno que con la violencia que tiene Colombia la corte decida inmiscuirse en el tema.
    Es una lastima que se pueda aplicar solamente al futuro y no al pasado pero bueno algo es algo.
    Tanto los delitos de lesa humanidad como los de guerra por mas que sean hechos en diferentes momentos son hechos violentos repugnantes de igual forma.
    Como los demás comentarios no sabia que las victimas podian recurrir a la corte.
    Espero y deseo junto a vos que estos hechos violentos disminuyan de gran forma ahora en el estado colombiano.
    Muy buenos artículos como siempre por algo me hice seguidor.
    Un abrazo.

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