Prohibición del uso de la fuerza

Por: Enzo Galimberti.

En mi blog me he referido mucho a los conflictos internacionales actuales, algunos armados como el conflicto de Estados Unidos e Irak y otros no armados como Rusia contra la OTAN, pero ¿sabían ustedes que el uso de la fuerza entre países esta prohibido en la carta de las Naciones Unidas?.
En el artículo 2 de la carta se expresa “Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado”. Con esto nos deja bien en claro que se deben tratar de agotar todas las instancias posibles ante una controversia de sujetos internacionales de Derecho, como por ejemplo lo es un arbitraje, la ayuda de un 3º estado para arreglar el conflicto, como lo intento el rey de España en al conflicto suscitado entre Argentina y Uruguay por las pasteras instaladas en este último.
Con respecto al principio de la prohibición del uso de la fuerza que establece la carta, el Consejo de Seguridad un organismo importante de las Naciones Unidas que es el encargado de velar por el cumplimiento de este principio siendo dotado este órgano para tomar medidas coercitivas en caso de que los países violen este principio. Pienso que se podría tomar a este principio (Principio de prohibición de la amenaza o uso de la fuerza) como una norma imperativa del Derecho Internacional. Pero nos encontramos excepciones a la prohibición del uso de la fuerza, uno de ellos es el Derecho a la legitima defensa, que esta establecido en el artículo 51 de la carta de la ONU “Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas, hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacional. Las medidas tomadas por los Miembros en ejercicio del derecho de legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad, y no afectarán en manera alguna la autoridad y responsabilidad del Consejo conforme a la presente Carta para ejercer en cualquier momento la acción que estime necesaria con el fin de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales”, para que se cumpla esto debe haber una agresión por parte de otro Estado como por ejemplo una invasión, ataques a fuerzas armadas, bloqueos de puertos entre otros. La legitima defensa del Estado agredido según el Derecho Internacional debe ser una respuesta inmediata, necesaria y proporcional al ataque sufrido por el Estado agresor.
En el artículo 51 de la carta se hace referencia a que la legitima defensa puede ser individual o colectiva, la individual es de un Estado que responde al ataque de otro y la colectiva es cuando un Estado agresor tiene como respuesta el contraataque del Estado agredido y de varios países mas a favor de este, pero para que halla legitima defensa se deben cumplir dos requisitos, uno de ellos es que el Estado que tiene el beneficio de la legitima defensa declare que ha sido victima de un ataque armado solicite la ayuda de los demás.
Otra excepción a la prohibición del uso de la fuerza es la acción coercitiva que tiene la ONU ya que los miembros de la misma confieren al Consejo de Seguridad la responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacional. Por lo tanto este órgano puede determinar la existencia de toda amenaza a la paz o su quebrantamiento y puede actuar por medio del uso de la fuerza o en menor medida puede tomar medidas como ruptura de las relaciones diplomáticas y económicas.
La otra excepción a este principio es la autorización del uso de la fuerza por las Naciones Unidas que se da en el caso de que el Consejo de Seguridad dejara de cumplir con su responsabilidad por falta de unanimidad entre sus miembros permanentes (Rusia, Estados Unidos, Francia, India y China) y hubiera un quebrantamiento de la paz mundial, la Asamblea General otro órgano de la ONU puede autorizar medidas coercitivas a sus miembros para mantener o restaurar la paz y la seguridad mundial.

Autor: Enzo Galimberti.

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